Indicaciones Especiales No. 3 del 2020 del Ministro de Educación Superior
Teniendo en cuenta el cumplimiento del Plan de Medidas aprobado por el Consejo de Ministros de la República de Cuba, las orientaciones recibidas del Grupo de Trabajo Nacional (GTN) y la etapa epidemiológica en la que nos encontramos de "trasmisión autóctona limitada" emito las siguientes
INDICACIONES:
PRIMERA: Reforzar el cumplimiento en lo que corresponda a la presente etapa de lo dispuesto en las Indicaciones No. 1 del 23 de marzo y las No. 2 del 26 de marzo del que suscribe.
SEGUNDA: Reducir al máximo la cantidad de trabajadores que laboran actualmente en los centros, dejando solo los estrictamente imprescindibles.
TERCERA: Posponer la realización de los Exámenes de Ingreso a la Educación Superior correspondiente al presente año, hasta que la situación sanitaria lo permita.
CUARTA: Posponer por las Instituciones de Educación Superior (IES), los diseños de las variantes de culminación de estudios para el presente curso académico, hasta que la situación epidemiológica lo permita.
QUINTA: Suspender las coordinaciones y orientaciones que se estaban realizando entre los profesores y estudiantes, bajo el principio de la modalidad no presencial, orientado en las Indicaciones No. 1 del 23 de marzo del 2020.
SEXTA: Mantener el trabajo de vinculación desde las Instituciones de Educación Superior (IES) y las Entidades de Ciencia Tecnología e Innovación (ECTI) en las actividades de la ciencia en apoyo a las prioridades definidas por la dirección del país, especialmente el trabajo de los Grupos asesores de los Consejos de Defensa Municipales (CDM), Consejos de Defensa Provinciales (CDP) y el Consejo de Defensa Nacional (CDN).
SÉPTIMA: Continuar la relación de las IES y las ECTI con los CDP y CDM para todos los aseguramientos que se requieran en los territorios.
OCTAVA: Mantener la realización de las Videoconferencias desde el Órgano Central hacia las IES y las ECTI los martes y viernes, ajustando su horario de realización para las 09:00 horas y reduciendo al mínimo la participación de directivos en las mismas.
NOVENA: Las presentes indicaciones comenzarán a regir a partir del jueves 9 de abril del 2020.
DÉCIMA: Dar a conocer las presentes indicaciones y responsabilizar del control e información sobre el cumplimiento de las medidas contenidas en la misma a la Viceministra Primera, las Viceministras, los Directores Generales, los Rectores de las Universidades, los Directores Generales de las ECTI y el Director General de GEMES.
Dr. C. José Ramón Saborido Loidi
Ministro
Ref. RS.SM. 509 drn
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